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02 Abr Pizarra

La Diputación destina 300.000 euros para adaptar viviendas de personas mayores de 65 años o con discapacidad

El plazo es hasta el próximo 2 de mayo. En Pizarra estas gestiones se realizarán en los Servicios Sociales Comunitarios, en la Avda de la Fuensanta, al teléfono 952 06 98 60.

La Diputación de Málaga ha abierto el plazo para solicitar las ayudas económicas correspondientes para la adecuación funcional de viviendas de personas con discapacidad (igual o superior al 33%) o mayores de 65 años, que residan en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia, como es el caso de Pizarra. Esta convocatoria, dependiente de la Delegación de Igualdad, Servicios Sociales y Familias, tiene una dotación de 300.000 euros y las solicitudes pueden presentarse hasta el 2 de mayo, inclusive. En nuestra localidad se gestionará en los Servicios Sociales Comunitarios, en el edificio de la Avenida de la Fuensanta.  Para más información pueden llamar al teléfono 952 06 98 60.  La cuantía máxima subvencionable podrá alcanzar los 4000 euros. 

La diputada de Igualdad, Servicios Sociales y Familias, María Dolores Vergara, ha subrayado que la convocatoria de este año se ha ampliado en 100.000 euros, por lo que permitirá aumentar el número de personas adjudicatarias de las ayudas. Asimismo, ha recordado que   su finalidad es sufragar gastos para cubrir necesidades específicas de movilidad para garantizar a los beneficiarios la máxima integración familiar y social, su normal desenvolvimiento y la mejora de su calidad de vida.

Los solicitantes deberán acreditar haber estado empadronados durante, al menos, el último año en un municipio de la provincia menor de 20.000 habitantes y la renta anual de 2023 de  la unidad familiar no deberá ser superior a 25.000 euros.

La cuantía de la ayuda será del 100% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 4.000 euros y, en caso de ser superior el coste de la actuación a desarrollar, la diferencia será sufragada por la persona beneficiaria.

Entre los conceptos subvencionables se encuentran los gastos derivados de la licencia de obras y tributos asociados a éstas; en los cuartos de baño, cambio de las bañeras por platos de ducha, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y grifería; colocación de pasamanos en pasillos; mejoras en la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica, gas y fontanería a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante; adecuación del ancho de puerta y/o eliminación de barreras arquitectónicas, incluyendo la colocación de plataforma salva-escaleras; adaptación de cocina y mobiliario; así como cualquier otra obra cuya realización se justifique para una adecuación eficaz de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.

En ningún caso serán objeto de subvención las obras de nueva construcción, actuaciones que impliquen la rehabilitación integral de la vivienda, ni aquellas que afecten a elementos decorativos u ornamentales.

Las bases de la presente convocatoria pueden consultarse en el BOP número 83, de 30 de abril de 2024. La convocatoria está publicada en el BOP número 62, de 1 de abril de 2025.

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