Abierta la convocatoria de concesión de subvenciones del “Programa Primera Oportunidad 2023”
El plazo de solicitud inicia el 18 de octubre y finaliza el 20 de diciembre de 2023.
La Diputación de Málaga ha aprobado las convocatorias de concesión de subvenciones destinadas a empresas, autónomos y profesionales de la provincia para el “Programa de Primera Oportunidad 2023”. El plazo de solicitud en ambas convocatorias, con un máximo de dos solicitudes por empresa, se inicia el 18 de octubre y finaliza el 20 de diciembre de 2023, ambos inclusive. Además, el procedimiento de concesión será a través de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitudes hasta agotar presupuesto.
El programa de inserción laboral de jóvenes en el tejido productivo malagueño está destinado tanto para la contratación de titulados universitarios como de titulados en Formación Profesional de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional así como con quienes posean un título equivalente de enseñanzas artísticas y deportivas del sistema educativo.
Su principal objetivo es aumentar la empleabilidad y contribuir al fomento del desarrollo económico y social de la provincia de Málaga mediante la concesión de subvenciones a empresas, autónomos/as y profesionales, que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 de las Bases Reguladoras (BOPMA nº 64 de 4 de abril de 2023).
La contratación se realizará mediante la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, por un periodo de 6 a 12 meses a todos aquellos que posean los títulos ya mencionados y a menores de 30 años ó 35 años, en caso de personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, y que no tengan experiencia profesional previa, superior a 90 días vinculada con los estudios realizados.
La presentación de solicitudes, con la documentación prevista en el artículo 6 de cada una de las convocatorias, se efectuará por cualquiera de los medios en atención a que los interesados estén obligados o no a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 5 de ambas convocatorias.
Por otra parte, el importe de la subvención será del 85% o 70% del coste salarial y de Seguridad Social (cuota patronal), a pagar por el empleador/a según se desarrolle la actividad económica en los municipios menores de 20.000 habitantes o mayores de la provincia de Málaga, respectivamente.
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